jueves, 20 de septiembre de 2012

237.- ¿Hay pecados tan graves que no los pueda absolver un sacerdote normal?


237.- ¿Hay pecados tan graves que no los pueda absolver un sacerdote normal?

Hay pecados en los cuales el hombre se aparta totalmente de Dios y, dada la gravedad especial del acto, atrae sobre sí la pena de excomunión. En caso de pecados sancionados con excomunión, sólo puede conceder la absolución el obispo o un sacerdote que tenga este oficio específico, e incluso en algunos casos sólo el Papa. En caso de peligro de muerte todo
sacerdote puede absolver de cualquier pecado y de la excomunión. [1463]

Un católico que, por ejemplo, presta una colaboración imprescindible para un aborto que efectivamente se realiza, se excluye automáticamente de los sacramentos; la Iglesia sólo constata este estado. La excomunión tiene la intención de que el pecador cambie de vida y vuelva al buen camino.

Excomunión (del lat. ex = fuera y communicatio = participación, comunidad): la exclusión de un católico de la recepción de los sacramentos. 

No hay comentarios:

Publicar un comentario