382.-
¿Está permitida la eutanasia?
La
eutanasia en sentido propio, es decir, toda acción u omisión que por su
naturaleza y en la intención causa la muerte con el fin de eliminar cualquier
dolor, constituye siempre un homicidio, gravemente contrario a la ley de Dios.
[2277-2279]
En cambio, no son
eutanasia propiamente dicha y, por tanto, son moralmente aceptables la
administración adecuada de calmantes (aunque ello tenga como consecuencia el acortamiento
de la vida) o la renuncia a terapias desproporcionadas (al llamado
encarnizamiento terapéutico), que retrasan forzadamente la muerte a costa del
sufrimiento del moribundo y de sus familiares. La muerte no debe ser causada,
pero tampoco absurdamente retrasada. Aunque la muerte se considere inminente,
los cuidados ordinarios debidos a una persona enferma no pueden ser
legítimamente interrumpidos. La legalización de la eutanasia es inaceptable no sólo
porque supondría la legitimación de un grave mal moral, sino porque crearía una
intolerable presión social sobre los ancianos, discapacitados o incapacitados y
todos aquellos cuyas vidas pudieran ser consideradas por alguien como de «baja
calidad» y/o como una carga social. Los cuidados paliativos constituyen una
forma privilegiada de la caridad desinteresada. Por eso, deben ser promovidos.
Me han dejado patidifuso y anonadado.
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